Cauciones y garantías

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Cauciones y garantías obligatorias IGJ

Preguntas frecuentes sobre Garantías para Administradores de sociedades.


1. ¿Qué es la garantía de Administradores de Sociedades?

Es la garantía exigida por la Ley de Sociedades (Ley 19.550, art. 256 párrafo 2°) a los directores de sociedades anónimas y a los integrantes de los órganos de administración de otras sociedades (SRL, SCA).

2. ¿Quén la exige?

La Resolución 20/2004 de la Inspección General de Justicia exige que esta garantía sea integrada por un depósito de efectivo o títulos públicos, o mediante la constitución de un seguro de caución o un aval bancario.

3. ¿Qué cubre la garantía?

La póliza cubre a la Empresa ante el incumplimiento de las obligaciones del Director o Socio Gerente en el desempeño de sus funciones.

4. ¿Quienes deben contratar esta póliza?

Todos los directores de Sociedades Anónimas, los Gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada y los Administradores de Sociedades Comanditas por Acciones. En el Ramo Caución es llamado "el Tomador"de la póliza y es la persona que ejerce el cargo de Director, Gerente o Administrador. Cabe señalar que la Resolución de la IGJ ya mencionada establece expresamente en su art. 2, inc. 1) "...cuyo costo deberá ser soportado por cada director...".

5. ¿A favor de quienes se extiende?

La póliza es emitida a favor de la Sociedad en la que el Tomador ejerce su cargo. Cada director deberá presentar una garantía individual, es decir que si el Directorio está integrado por 5 miembros se deberán presentar 5 pólizas distintas.

6. Cuando se presenta la garantía?

De acuerdo a lo establecido por la Res IGJ 20/04 la Sociedad debe acreditar la constitución de la garantía al momento de efectuar la inscripción de los Directores designados en la Asamblea o toda vez que la sociedad deba inscribir cualquier instrumento público o privado a fin de dar cumplimiento a resoluciones sociales.

Por otra parte, el informe del síndico adjunto al Balance debe dejar constancia del cumplimiento de las garantías.

7. ¿Que suma asegurada corresponde para cada póliza?

La garantía debe tener un valor asegurado de $10.000 en todos los casos excepto para los Gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada cuyo capital sea inferior a $ 2.000.

8. Cuál es el Período de Vigencia?

La póliza debe cubrir el mandato del Director o Socio Gerente. Habitualmente se trata de períodos anuales.

9. ¿Cuándo finaliza el riesgo?

El riesgo finaliza cuando es aprobada la gestión del Directorio en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas y se aprueba el Balance Anual. Sin embargo algunas acciones legales tienen un plazo de hasta 3 años antes de que ocurra su prescripción.

10. ¿Se puede anular la póliza?

La póliza se anularía únicamente en caso de que el Director no acepte el cargo. Como es normal en el Ramo Caución la póliza tiene 2 cláusulas respeto a la validez de la cobertura que dicen:

VINCULO Y CONDUCTA DEL TOMADOR (Art. 2° segundo párrafo): Los actos, declaraciones, acciones u omisiones del Tomador aun mediando dolo o culpa grave, no afectarán en ningún modo los derechos del Asegurado frente al Asegurador.

VALIDEZ DEL SEGURO (Art. 10°): Queda entendido y convenido que la presente póliza mantiene su pleno vigor aun cuando el Tomador no hubiera abonado el premio respectivo en las fechas convenidas.

11. ¿Cuál es la documentación necesaria para contratar la garantía?

Para el análisis de las solicitudes de esta nueva cobertura no es necesario presentar documentación alguna. En SitioDelSeguro recibimos su solicitud de seguro on-line ingresando datos personales mínimos, sin necesidad de presentar documentación adicional y sin perder tiempo, y sin moverse de su empresa.

12. ¿Cuánto tiempo demora la emisión de la póliza?

La póliza será emitida en el día

13. ¿Cuál es el costo de la póliza?

La cobertura tiene un costo anual fijo cuando se trata de garantías con sumas aseguradas de $10.000 y un costo anual menor, también fijo cuando la suma asegurada es de $2.000. Se aplicarán ciertas bonificaciones en casos especiales.

14. ¿Qué formas de pago existen?

Nos acercamos a su domicilio a efectuar el cobro de la misma.

15. Cuándo se entrega la póliza

La póliza será enviada al domicilio que Ud. indique por correo una vez confirmado el pago. Para su tranquilidad le envíamos un anticipo por fax.

16. Renovación de la garantía

Lo contactaremos nuevamente unas semanas antes del vencimiento de la póliza para arreglar la renovación anual de su garantía de Administradores de Sociedades.

:: Documentación básica necesaria

  • Para el análisis de las solicitudes de esta nueva cobertura no es necesario presentar documentación alguna. Su solicitud de seguro puede hacerlo ingresando datos personales mínimos, sin necesidad de presentar documentación adicional.

Beneficios

  • Atención personalizada.
  • Emisión de pólizas en el día.
  • Anticipo por email.
  • Presentación de su poliza en la Inspección General de Justicia

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