Leyes y normativas
Leyes, decretos, resoluciones, disposiciones y notas externas afines al comercio exterior y polizas aduaneras.
Resolución General AFIP 2842/2010.
:: NCM - Clasificación arancelaria de mercaderías, de acuerdo con el procedimiento previsto en la RG.1618.
Publicado en B.O.: 31/05/2010Bs. As., 18/5/2010
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-20418-2009, 13289-21988-2009, 13289-21989-2009, 13289-21990-2009, 13289-21991-2009, 13289-21992-2009, 13289-26262-2009, 13289- 26268-2009, 13289-27817-2009 y 13289-28198-2009, todas ellas del Registro de esta Administración Federal, y la Resolución General Nº 1618, y
CONSIDERANDO:
• Que en dichas actuaciones se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.
• Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 28/10 al 37/10.
• Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1618.
• Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.
• Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
• Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSRESUELVE:
• Artículo 1º — Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.
• Art. 2º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Comité Técnico Nº 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR v pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo.
— Ricardo Echegaray.